De derechos humanos y equidades geopolíticas

Irene León
ALAI AMLATINA

Para afianzar los compromisos hemisféricos sobre derechos humanos, reforzar las condiciones para su integral realización y ampliar los alcances de su cumplimiento, los países de la UNASUR han emprendido un proceso propositivo de fortalecimiento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos –SIDH-, que incluye, por un lado, la concordancia de contenidos y metodologías con los tiempos y contexto de la región, y por otro, la universalización, que implica la paridad de las reglas del juego para todos los países miembros.

Los derechos humanos, concebidos en la segunda mitad del siglo pasado, para certificar la dignidad de la persona, han ganado una significativa evolución conceptual, en la medida en que se ha evidenciado que la experiencia de ‘dignidad ’, además del respeto a individualidades, sólo puede hacerse realidad con la confluencia de un conjunto de condiciones socioeconómicas, culturales y de los modos de gestionar la vida colectiva.

Desde esa perspectiva, que es parte del bagaje conceptual universal desde hace varias décadas, los derechos civiles y políticos, que fueron el leitmotif de los mecanismos hemisféricos, son ahora apenas una fracción de un amplio universo de derechos, cuyos nuevos alcances comprenden profusas intersecciones entre una heterogeneidad de condiciones. Nuevos elementos caracterizan la identificación de los sujetos de derechos individuales, que se reclaman ahora de un mosaico identitario en el que convergen condiciones de clase, etnia, identidad genérica y sexual, y otras. Asimismo, los sujetos de derechos colectivos tienen nuevos escenarios y condiciones, como son las provenientes de la globalización, que se expresan por ejemplo en la masificación de la movilidad humana.

Pero también hay novedades en las esferas desde donde se ejerce el poder y en la emergencia de remozados actores de dominación, tales como las transnacionales y los poderes fácticos que, en la mayoría de casos, actúan por encima de los Estados.   Las relaciones de poder instauradas por el sector corporativo y financiero, son un ejemplo del carácter extraterritorial de una perspectiva que prioriza los ‘derechos’ del capital por encima de los humanos y coloca al mismo nivel los intereses corporativos y los nacionales.

En estas relaciones de poder los Estados del Sur son apenas actores de tercer rango, ejecutores de papeles asignados por poderes extraterritoriales, o intermediarios de unas relaciones ‘independientes’ que las corporaciones establecen con los ‘individuos’, sea como empleados, consumidores u otros.

Ese tipo situaciones son también evidentes en la omnipresencia de poderes fácticos, que actúan como censores políticos de las decisiones nacionales, sea a través de estrategias mediáticas y/o de una combinación entre estas y acciones beligerantes sostenidas, levantadas en casos por actores “anónimos”.  Son parte de esos poderes facticos las articulaciones ultraconservadoras, también transnacionales, que ponen en jaque la vigencia de ciertos derechos de las mujeres o de la diversidad sexual, procurando imponerse, muchas veces, a través de mecanismos de poder extra institucionales.

Pero si estos ejemplos ilustran sobre  la actuación transnacional de los ‘nuevos’ poderes, nada exhibe más fehacientemente los recientes escenarios de vulneración de los derechos humanos, como las evidencias que resultan del entronque entre el control de los sistemas comunicacionales, las ‘armas de vigilancia masiva’ y la ‘seguridad’, donde el monumental monopolio de las infraestructuras comunicacionales, del hardware y del software, redunda en un impensable e impune control empresarial sobre las personas, las colectividades y países.

Esas mismas dinámicas se expresan en las relaciones de poder geopolítico y geoeconómico, donde los países sede de las corporaciones consiguen ventajas para presionar, influir e imponer intereses coligados, para lograr que las compañías establezcan sus propios criterios, mantengan sus propios mecanismos privados de seguridad, sus modos propios de contratación laboral, y otras actuaciones adversas a los derechos humanos y a las legislaciones de los países.

No obstante, a pesar del peso del sector transnacional y de los poderes fácticos en las nuevas relaciones de poder, está aún pendiente el establecimiento de un mecanismo que establezca sus responsabilidades frente a las vulneraciones de los derechos humanos que cometen.

Compete a los Estados, como únicos garantes de los derechos, delinear una institucionalidad y unas reglas del juego atentas a la universalidad de los derechos y los intereses de sus pueblos. De ahí que la propuesta de la UNASUR, liderada por Ecuador, enfatiza tanto en la soberanía como en la integralidad de los derechos –civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y al desarrollo-, subraya su interdependencia y su carácter indivisible, para visualizar desde allí la necesidad de actualizar la perspectiva conceptual de los derechos humanos, renovar las metodologías para su implementación y multiplicar los escenarios propicios para su cumplimiento [1].

Se trata, simplemente, de que cada instancia del Sistema de Derechos Humanos cumpla con sus atribuciones y haga lo que tiene que hacer, para lo cual, según el planteo ecuatoriano, es momento de afinar las reglas del juego, para hacerlas más transparentes y equitativas, sin sesgos ni patronajes. Estos últimos criterios aplican también al financiamiento, para que responda a canales institucionales,  evitando cualquier desliz hacia la influencia del dinero sobre las prioridades temáticas o, peor aún, aparezca el eventual sesgo discrecional en la ubicación de los problemas en los sectores mejor ‘financiados’, tal como ha sucedido últimamente con el elástico paraguas conceptual de la ‘libertad de expresión’, bajo cuya sombra se ampara un abanico de detracciones a los países en procesos de cambio.

Ante la constatación de tales inconsistencias, los países de UNASUR proponen ‘realizar un estudio sobre las distintas dimensiones del sistema de relatorías de la CIDH, en el marco de los principios de igualdad e indivisibilidad de los derechos humanos, con propuestas concretas respecto al financiamiento equilibrado de las relatorías, incluyendo la creación de un Fondo para recibir contribuciones extra presupuestarias, que deberían ser asignadas de acuerdo a un programa de trabajo previamente aprobado’.

En esa misma línea, se expresa la aspiración de que todos los países se comprometan por igual en el cumplimiento, que haya corresponsabilidad y universalidad, e idealmente que los 32 miembros adhieran y ratifiquen la Convención Americana sobre Derechos Humanos [2] -¡pendiente desde hace 45 años!-. Igualmente, se ha planteado que la sede de la Comisión de Derechos Humanos se mude a un país que haya cumplido con esto último, la actual sede Estados Unidos no lo ha hecho, el país postulante Haití lo hizo en 1977[3].

En síntesis, la propuesta de actualización del Sistema Interamericano de Derechos Humanos sólo propone igualdad en el trato, respeto a la soberanía, visión integral de los derechos y sincronía con los tiempos, en asuntos tales como la adhesión hemisférica a la declaratoria de territorio de paz, como ya lo han hecho la UNASUR, la ALBA y la CELAC.

- Irene León, socióloga ecuatoriana
Notas

 [1] IV Conferencia de Estados parte del Pacto de San José, Haití, mayo 2014, Declaración, http://cancilleria.gob.ec/wp-content/uploads/2014/05/Declaraci%C3%B3n-Hait%C3%AD.pdf

[2] http://www.oas.org/dil/esp/tratados_B-32_Convencion_Americana_sobre_Derechos_Humanos.htm

 3] http://www.cidh.org/countryrep/Haiti79sp/cap.1.htm


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